miércoles, septiembre 24, 2014

Dirección Estratégica en las leyes de organización de la Administración

Proyecto de Ley de la Administración Pública Vasca

Acabo de conocer el proyecto de Ley de Administración Pública Vasca (aprobado el pasado 16 de septiembre; aquí, http://www.irekia.euskadi.net/uploads/attachments/5156/PL_Administracion_Publica_Vasca.pdf?1410882307). La primera impresión por lo que se refiere a los aspectos de mi interés particular es muy positiva. 
Una lectura rápida me empuja a un ejercicio comparativo sumarísimo entre el proyecto vasco, la LOFAGE y la LAJA.
De entrada, dado cómo me sedujo leer el papel preponderante otorgado por el proyecto de ley a la Gestión, a la Dirección Estratégica de la Empresa (esto es, a lo que en el ámbito público sería Dirección Estratégica de las Organizaciones), he recurrido a comparar la presencia del término EVALUACIÓN en los textos de las tres leyes mencionadas.
Evaluación es un concepto, sin duda, consustancial y propio de la Nueva Gestión Pública, y que ya citamos con anterioridad en una entrada titulada «La Evaluación y la Dirección Estratégica de la Empresa».
Éste es el resultado de la comparación entre las tres normas:
  • en el Estado, en la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE, ley 6/1997, texto consolidado a 17 de septiembre de 2014): SEIS ocurrencias de "EVALUACIÓN";
  • en Andalucía, en la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía (LAJA, ley 9/2007): SEIS apariciones del término;
  • en Euskadi, Proyecto de Ley de la Administración Pública Vasca (2014): CIEN menciones del término EVALUACIÓN.
Se deduce palmariamente que, hoy, la preocupación en torno al desempeño de la Administración se sitúa en primer plano.
Hay muchos otros aspectos interesantes del proyecto que espero poner comentar posteriormente.

PD: ciertamente, influye en el aspecto reseñado el hecho de que el proyecto vasco es lo ÚLTIMO que se cocina en España en la cuestión (de hecho, no es todavía ley, sino que acaba de ser remitido a su Parlamento), por lo que parece lógico que las tendencias más recientes de gobernanza vayan gradualmente penetrando en los nuevos ordenamientos, actualizándolos. De esta manera, la también reciente Ley 4/2011, de la buena administración y del buen gobierno, de Baleares presenta a su vez sesenta y tres menciones del término EVALUACIÓN a lo largo de su texto.
El reto es no quedarse el último.

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